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Legislación › Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Artículo 73. Régimen presupuestario.

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Artículo 73. Régimen presupuestario.
El presupuesto de gastos régimen presupuestario de las agencias de régimen especial tiene carácter limitativo por su importe global y carácter estimativo para será el establecido en el Texto Refundido de la distribución Ley General de los créditos en categorías económicas, con excepción la Hacienda Pública de los correspondientes a gastos la Junta de personal que en todo caso tienen carácter limitativo Andalucía y vinculante por su cuantía total. demás normativa aplicable.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2012 En vigor BOE-A-2012-881 Leer Qué cambió
31 de enero de 2008 Texto original Leer

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