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Legislación › Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Artículo 82. Registro Electrónico Único.

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Artículo 82. Registros. Registro Electrónico Único.
1. En todas las Consejerías La Administración de la Junta de Andalucía existirán dispondrá de un registro general y los registros auxiliares electrónico, que se establezcan. Asimismo, en las agencias administrativas, en las agencias de régimen especial, en las Delegaciones del Gobierno será único para la Administración de la Junta de Andalucía, en las Delegaciones Provinciales de sus agencias administrativas y, para las Consejerías o en agencias públicas empresariales, las Delegaciones Territoriales agencias de régimen especial y en los órganos de ámbito inferior consorcios a la provincia que, en su caso, se creen, existirá un registro general o un registro de carácter auxiliar.
Reglamentariamente se establecerán
los días y horarios en que deberán permanecer abiertas las oficinas de registro dependientes se refiere el artículo 12.3 de la Administración esta Ley, cuando ejerzan potestades administrativas. En el Registro Electrónico Único, quedará constancia de la Junta entrada y salida de Andalucía. los documentos.
2. Los registros generales El Registro Electrónico Único será accesible en las respectivas sedes electrónicas, rigiéndose por su fecha y hora oficial y donde constará el calendario de días inhábiles.
3. El Registro Electrónico Único será interoperable con
los Ayuntamientos actuarán como registros del resto de entrada para Administraciones Públicas, en los términos establecidos por la recepción de documentos dirigidos a legislación del procedimiento administrativo común, garantizándose su compatibilidad informática e interconexión, así como la Administración transmisión telemática de la Junta los asientos registrales y de Andalucía. los documentos que se presenten en cualquiera de los registros electrónicos.
4. Reglamentariamente se regulará el funcionamiento del Registro Electrónico Único.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
17 de febrero de 2024 En vigor BOE-A-2024-90030 Leer Qué cambió
1 de octubre de 2012 BOE-A-2012-13127 Leer Qué cambió
22 de junio de 2012 BOE-A-2012-90007 Leer Qué cambió
22 de febrero de 2011 BOE-A-2011-4039 Leer Qué cambió
27 de noviembre de 2010 BOE-A-2010-90060 Leer Qué cambió
29 de julio de 2010 BOE-A-2010-90057 Leer Qué cambió
31 de enero de 2008 Texto original Leer

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