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Legislación › Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Artículo 51. Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales.

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Artículo 51. Alteración de la delimitación Inventario Español de los espacios protegidos. Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales.
1. Sólo podrá alterarse la delimitación Dependiente del Ministerio de espacios naturales protegidos o Medio Ambiente, con carácter administrativo y ámbito estatal, se crea el Inventario Español de la Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000, reduciendo su superficie total o excluyendo terrenos de los mismos, cuando así lo justifiquen los cambios provocados en ellos 2000 y Áreas protegidas por su evolución natural, científicamente demostrada. En el caso de alteraciones instrumentos internacionales, incluido en las delimitaciones el Inventario Español del Patrimonio Natural y de espacios protegidos Red Natura 2000, los cambios debidos a la evolución natural deberán aparecer debidamente reflejados en los resultados del seguimiento previsto en el artículo 47. Biodiversidad, que se instrumentará reglamentariamente.
2. Toda alteración A efectos de la delimitación homologación y del cumplimiento de áreas protegidas deberá someterse a información pública, que los compromisos internacionales en el caso de la materia, los espacios protegidos Red Natura 2000 se hará de forma previa a la remisión de la propuesta naturales inscritos en el Inventario Español de descatalogación Espacios Naturales Protegidos se asignarán, junto con su denominación original, a las categorías establecidas internacionalmente, en especial por la Comisión Europea y Unión Internacional para la aceptación por ésta de tal descatalogación. Naturaleza (UICN).
3. El cumplimiento de lo previsto en los párrafos anteriores no eximirá de las normas adicionales de protección que establezcan las Las Comunidades autónomas. autónomas facilitarán la información necesaria correspondiente para mantener actualizado el Inventario.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de octubre de 2015 En vigor BOE-A-2015-10142 Leer Qué cambió
15 de diciembre de 2007 Texto original Leer

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