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Legislación › Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Artículo 74. Promoción de los conocimientos tradicionales para la conservación del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

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Artículo 74. El Fondo Promoción de los conocimientos tradicionales para el la conservación del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
1. Se crea el Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, De acuerdo con objeto de poner en práctica aquellas medidas destinadas a apoyar la consecución de los objetivos de esta Ley, así como la gestión forestal sostenible, la prevención estratégica de incendios forestales y la protección de espacios forestales las normas, resoluciones y naturales en cuya financiación participe la Administración General principios del Estado.
Dicho fondo podrá financiar acciones de naturaleza plurianual
Convenio sobre la Diversidad Biológica y actuará como instrumento de cofinanciación destinado a asegurar la cohesión territorial. El fondo se dotará con las partidas asignadas en los Presupuestos Generales del Estado, incluidas las dotaciones que sean objeto de cofinanciación por aquellos instrumentos financieros comunitarios destinados a los mismos fines y con otras fuentes Organización Mundial de financiación que puedan establecerse en el futuro.
2. Serán objetivos del Fondo:
Propiedad Intelectual, las Administraciones públicas:
a) Promover, a través de los incentivos adecuados, la inversión, gestión y ordenación del patrimonio natural, la biodiversidad y la geodiversidad, en particular, la elaboración de planes, instrumentos Preservarán, mantendrán y proyectos de gestión de espacios naturales protegidos, de la Red Natura 2000 fomentarán los conocimientos y de las Áreas protegidas por instrumentos internacionales, y de ordenación prácticas de los recursos naturales, así como utilización consuetudinaria que sean de interés para la conservación in situ y ex situ de especies el uso sostenible del Catálogo Español patrimonio natural y de Especies Amenazadas. la biodiversidad.
b) Desarrollar otras acciones y crear otros instrumentos adicionales Promoverán que contribuyan a la defensa y sostenibilidad de los espacios naturales protegidos, beneficios derivados de la Red Natura 2000 y utilización de las Áreas protegidas por instrumentos internacionales, estos conocimientos y de ordenación de los recursos naturales, así como de prácticas se compartan equitativamente.
c) Promoverán
la conservación realización de especies del Catálogo Español Inventarios de Especies Amenazadas.
c) Hacer viables
los modelos sostenibles de Conocimientos Tradicionales relevantes para la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad, en especial en espacios naturales protegidos, en el uso sostenible de la Red Natura 2000, biodiversidad y en las Áreas protegidas por instrumentos internacionales.
d) Contribuir
geodiversidad, con especial atención a la ejecución de las medidas incluidas en las Estrategias y Planes de conservación de hábitats los etnobotánicos. Éstos se integrarán en peligro de desaparición y especies catalogadas.
e) Promover, a través
el Inventario Español de los incentivos adecuados, la inversión, gestión Conocimientos Tradicionales relativos al Patrimonio Natural y ordenación forestal, en particular, la elaboración de proyectos de ordenación de montes o de planes dasocráticos. Biodiversidad.
f) Instituir mecanismos financieros destinados a hacer viables los modelos de gestión sostenible 2. La utilización en materia España de silvicultura, actividades cinegéticas y piscícolas.
g) Valorizar y promover las funciones ecológicas, sociales y culturales
conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos provenientes de los espacios forestales y las llevadas un tercer país se ajustará a cabo por los agentes sociales y económicos ligados lo dispuesto en la normativa nacional de acceso a los espacios naturales protegidos y conocimientos tradicionales asociados a la Red Natura 2000, así como apoyar los servicios ambientales y de conservación de recursos naturales.
h) Apoyar las acciones
genéticos de prevención dicho país, todo ello conforme al Protocolo de incendios forestales. Nagoya.
i) Apoyar las acciones de eliminación de otros impactos graves para el patrimonio natural y la biodiversidad, en especial el control y erradicación de especies exóticas invasoras 3. El seguimiento y la fragmentación las medidas de los hábitats.
j) Incentivar la agrupación
cumplimiento de la propiedad forestal para el desarrollo utilización de explotaciones forestales conjuntas, que favorezcan la gestión forestal sostenible.
k) Promocionar la obtención
conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos provenientes de la certificación forestal.
l) Financiar acciones específicas
un tercer país Parte del Protocolo de investigación aplicada, demostración y experimentación relacionadas con la conservación Nagoya se llevará a cabo conforme al Reglamento 511/2014, del patrimonio natural, la biodiversidad Parlamento Europeo y la geodiversidad.
m) Financiar acciones específicas relacionadas con la custodia
del territorio.
n) Promover el uso y el apoyo a la producción y comercialización
Consejo, de productos procedentes 16 de espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 y bosques certificados. abril de 2014.
o) Promover la preservación, mantenimiento y fomento 4. El incumplimiento de los conocimientos y las prácticas de utilización consuetudinaria que sean de interés para la conservación y obligaciones previstas en el uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad mediante, entre otros procedimientos, mencionado reglamento conllevará la incentivación imposición de los agentes que los aplican.
p) Desarrollar otras acciones y objetivos complementarios que contribuyan a la defensa y sostenibilidad del patrimonio natural y la biodiversidad.
q) Promover la producción ecológica en
las zonas incluidas en espacios naturales protegidos, en la Red Natura 2000 respectivas infracciones y Reservas sanciones previstas en el título VI de la Biosfera. esta ley.
r) Financiar acciones específicas de prevención de la erosión y desertificación, preferentemente en los espacios naturales protegidos, en 5. En cuanto a la Red Natura 2000 y Reservas protección de la Biosfera.
s) Incentivar
los estudios y prospecciones que persigan el desarrollo y actualización del inventario español conocimientos tradicionales del patrimonio natural y la biodiversidad.
t) Impulsar iniciativas
Inventario Español de divulgación que favorezcan el conocimiento y la sensibilización social por los Conocimientos Tradicionales relativos a la conservación biodiversidad y el uso sostenible del patrimonio natural español.
3. La gestión
su relación con los derechos de las subvenciones que propiedad intelectual e industrial, se otorguen con cargo al Fondo corresponde estará a las Comunidades autónomas, con las lo que previamente se habrán establecido mediante convenio las medidas a cofinanciar.
4. Por Real Decreto, previa consulta con las Comunidades autónomas, se regulará el funcionamiento del Fondo para el patrimonio natural, que garantizará
establezca en la participación de las mismas, singularmente legislación internacional y, en todos aquellos objetivos del Fondo que incidan sobre sus competencias.
5. Se regirán por
su normativa específica las ayudas de desarrollo rural para actividades agrícolas, ganaderas y forestales, así como la regulación de la condicionalidad de las ayudas de la Política Agraria Común (PAC), si bien caso, en aquellas cuestiones que afecten a los espacios protegidos de la Red Natura 2000 o al cumplimiento de la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, y de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación solicitará informe del Ministerio legislación vigente en materia de Medio Ambiente. patentes.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de octubre de 2015 En vigor BOE-A-2015-10142 Leer Qué cambió
15 de diciembre de 2007 Texto original Leer

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