Legislación › Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Artículo 75. Ayudas a entidades sin ánimo de lucro.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de diciembre de 2007 y la del 7 de octubre de 2015.
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Artículo 75. Disposiciones generales. Ayudas a entidades sin
1. Las acciones u omisiones que infrinjan lo prevenido en la presente Ley generarán responsabilidad de naturaleza administrativa,perjuicio de la exigible en vía penal, civil o ánimo de otro orden a que puedan dar lugar. lucro.
2. Sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que en cada caso procedan, el infractor deberá reparar el daño causado en la forma y condiciones fijadas en la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. El infractor estará obligado Ministerio de Medio Ambiente podrá conceder ayudas a indemnizar los daños y perjuicios que no puedan ser reparados, en los términos las entidades sin ánimo de la correspondiente resolución. lucro de
3. La valoraciónlos daños al medio ambiente necesaria ámbito estatal, para la determinación de las infracciones y sanciones reguladas en este Título se realizará de acuerdo con el método desarrollo de evaluación a actuaciones que se refiere Ley 26/2007, de 23 de octubre, afecten a más de Responsabilidad Medioambiental una Comunidad autónoma y sus disposiciones de desarrollo. que
4. Cuando no sea posible determinar el grado de participación de las distintas personashubiesen intervenido en la realización de la infracción, tengan por objeto la responsabilidad será solidaria, sin perjuicio conservación del derecho a repetir frente a los demás participantes por parte de aquel o aquellos que hubieran hecho frente a las responsabilidades. patrimonio natural y la biodiversidad, previa aceptación, en
5. En ningún caso se impondrá una doble sanción por los mismos hechosfunción su caso, de los mismos intereses públicos protegidos, si bien deberán exigirse las demás responsabilidades que se deduzcan Comunidades autónomas cuya gestión del patrimonio natural y de otros hechos o infracciones concurrentes. la biodiversidad sea afectada por las actuaciones.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de octubre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-10142 | Leer | Qué cambió |
| 15 de diciembre de 2007 | Texto original | Leer |


