Legislación › Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Artículo 78. El Fondo de restauración ecológica y resiliencia (FRER) (FCPJ).
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Artículo 78. El Fondo para el Patrimonio Natural de restauración ecológica y la Biodiversidad. resiliencia (FRER) (FCPJ).
1. Se De conformidad con lo previsto en el artículo 137 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se crea el Fondo para el Patrimonio Natural de restauración ecológica y la Biodiversidad, resiliencia (FCPJ), en adelante FRER, con objeto de poner en práctica aquellas medidas destinadas a apoyar la consecución de los objetivos de esta ley, así como la gestión forestal sostenible, para lograr la prevención estratégica transición a un modelo productivo y social más ecológico del Plan de incendios forestales recuperación, transformación y resiliencia en el ámbito de competencias del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en materia de:
a) Aguas y dominio público hidráulico.
b) Costas, protección y conservación del mar y del dominio público marítimo-terrestre.
c) Cambio climático, su mitigación y adaptación y el fortalecimiento de espacios forestales la resiliencia climática
d) Prevención de la contaminación, fomento del uso de tecnologías limpias y naturales en cuya financiación participe hábitos de consumo menos contaminantes y más sostenibles, de acuerdo con la Administración General política de economía circular.
e) Protección del Estado. patrimonio natural, de la biodiversidad y de los bosques.
Dicho fondo f) Meteorología y climatología.
g) Cualesquiera otras que tenga atribuido el Ministerio a través de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y de sus organismos públicos.
Asimismo, respecto de las materias relacionadas anteriormente, podrá poner en práctica medidas que se financien con cargo a otros fondos europeos, de acuerdo con lo que prevean las disposiciones aplicables a los mismos.
2. El FRER podrá financiar acciones de naturaleza plurianual anual y actuará plurianual. Asimismo, podrá actuar como instrumento de cofinanciación destinado a asegurar la cohesión territorial. territorial
3. El fondo FRER se dotará con las partidas asignadas el presupuesto de explotación y capital que figure en los Presupuestos Generales del Estado, incluidas las Estado. En los supuestos en los que así se prevea, podrán establecerse dotaciones que sean objeto de cofinanciación por aquellos instrumentos financieros comunitarios destinados a los mismos fines y y, en su caso, podrá dotarse igualmente con otras fuentes de financiación que puedan establecerse reglamentariamente.
4. La ejecución de las acciones que se financien con cargo al FRER corresponderá, en sus respectivos ámbitos de competencia, a la Administración General del Estado y a las comunidades autónomas, de acuerdo con el futuro. procedimiento que se establezca reglamentariamente.
2. Serán objetivos del Fondo: 5. Con cargo al FRER, se concederán subvenciones encuadrables en su objeto definido en el apartado 1.
a) Promover, 6. En ningún caso, con cargo al FRER, se podrán conceder subvenciones que puedan tener por efecto el otorgamiento, a través una o más entidades, independientemente de los incentivos adecuados, la inversión, gestión y ordenación del patrimonio natural, la biodiversidad y su forma jurídica que ejerza una actividad económica de ventajas que puedan dar lugar al falseamiento de la geodiversidad, competencia en particular, la elaboración de planes, instrumentos el mercado interior y proyectos que sean susceptibles de gestión afectar a los intercambios comerciales entre los Estados miembros.
7. Asimismo, se podrán realizar proyectos de espacios naturales protegidos, inversión competencia de la Red Natura 2000 Administración General del Estado y de sus organismos públicos encuadrables en su objeto.
El FRER realizará las Áreas protegidas por instrumentos internacionales, y contrataciones a través de ordenación los órganos colegiados o de los recursos naturales, así organismos que actuarán como de la conservación in situ y ex situ de especies del Catálogo Español órganos de Especies Amenazadas. contratación y
b) Desarrollar otras accionescrear otros instrumentos adicionales que contribuyan a se definirán reglamentariamente.
8. El FRER tiene la defensa y sostenibilidad naturaleza jurídica propia de los espacios naturales protegidos, de la Red Natura 2000 y de las Áreas protegidas por instrumentos internacionales, y fondos carentes de ordenación personalidad jurídica, de acuerdo con lo dispuesto en los recursos naturales, así como artículos 84, 137, 138 y 139 de la conservación Ley 40/2015, de especies del Catálogo Español 1 de Especies Amenazadas. octubre, de
c) Hacer viables los modelos sosteniblesconservación Régimen Jurídico del patrimonio natural Sector Público, y la biodiversidad, en especial, en espacios naturales protegidos, en estará adscrito al Ministerio para la Red Natura 2000, Transición Ecológica y en las Áreas protegidas por instrumentos internacionales. el Reto Demográfico, a
d) Contribuirla ejecución través de las medidas incluidas en las Estrategias y Planes la Secretaría de conservación Estado de hábitats Medio Ambiente, pudiendo, en peligro su caso, corresponder la gestión de desaparición y especies catalogadas. su administración financiera a
e) Promover,través de los incentivos adecuados, la inversión, gestión entidad del sector público institucional que se determine reglamentariamente por el Gobierno.
9. El régimen presupuestario, económico-financiero, contable y ordenación forestal, de control del Fondo será el previsto en particular, la elaboración Ley 47/2003, de proyectos 26 de ordenación noviembre, General Presupuestaria, para los fondos carentes de montes o personalidad jurídica del artículo 2.2.f) de planes dasocráticos. la Ley 47/2003, de
f) Instituir mecanismos financieros destinados a hacer viables los modelosgestión sostenible en materia 26 de silvicultura, actividades cinegéticas y piscícolas. noviembre.
g) Valorizar y promover las funciones ecológicas, sociales y culturales de los espacios forestales y las llevadas a cabo por los agentes sociales y económicos ligados a los espacios naturales protegidos 10. La supervisión y control del Fondo corresponderá a un Consejo rector adscrito al Ministerio para la Red Natura 2000, así como apoyar los servicios ambientales Transición Ecológica y de conservación de recursos naturales. el Reto Demográfico, a través de
h) Apoyar las accionesprevención la Secretaría de incendios forestales. Estado de
i) Apoyar las accioneseliminación Medio Ambiente. Su presidente tendrá la consideración de otros impactos graves para cuentadante a que se refiere el patrimonio natural y artículo 138 de la biodiversidad, en especial el control y erradicación Ley 47/2003, de especies exóticas invasoras 26 de diciembre. Reglamentariamente se determinará su composición, funciones y la fragmentación normas de los hábitats. funcionamiento.
j) Incentivar la agrupación de la propiedad forestal para 11. En el desarrollo caso de explotaciones forestales conjuntas, que favorezcan correspondiera la gestión forestal sostenible. de la
k) Promocionar la obtencióncertificación forestal. administración financiera del
l) Financiar acciones específicas de investigación aplicada, demostración y experimentación relacionadas con la conservación del patrimonio natural, la biodiversidad y la geodiversidad.
m) Financiar acciones específicas relacionadas con la custodiaterritorio. FRER a
n) Promover el uso y el apoyola producción y comercialización de productos procedentes de espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 y bosques certificados. una entidad del sector público institucional determinada reglamentariamente:
o) Promover la preservación, mantenimiento y fomento de los conocimientos y las prácticas de utilización consuetudinaria que sean a) Será remunerada al tipo de interés que se establezca mediante convenio suscrito entre el Ministerio para la conservación Transición Ecológica y el uso sostenible del patrimonio natural Reto Demográfico y de la biodiversidad mediante, entre otros procedimientos, dicho administrador, en función del coste que represente para éste la incentivación captación de los agentes que los aplican. recursos en el mercado.
p) Desarrollar otras acciones y objetivos complementarios que contribuyan a la defensa y sostenibilidad Este convenio recogerá como causas de resolución del patrimonio natural y la biodiversidad. mismo, entre otras, la
q) Promoverproducción ecológica en vulneración de las zonas incluidas en espacios naturales protegidos, prohibiciones o el incumplimiento de las obligaciones recogidas en la Red Natura 2000 este artículo y Reservas en su desarrollo reglamentario. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.f) de la Biosfera. Ley 40/2015, de
r) Financiar acciones específicasprevención 1 de octubre, el convenio deberá incluir una comisión mixta u órgano similar a la erosión que se le atribuirá el seguimiento, vigilancia y desertificación, preferentemente en los espacios naturales protegidos, en control de la Red Natura 2000 ejecución del convenio y Reservas de los compromisos adquiridos por los firmantes y la Biosfera. resolución de los
s) Incentivarestudios problemas de interpretación y prospecciones cumplimiento que persigan el desarrollo y actualización del inventario español del patrimonio natural y la biodiversidad. puedan plantearse respecto a él.
t) Impulsar iniciativas b) Liquidará el coste de divulgación gestión que favorezcan el conocimiento y la sensibilización social por conlleve la conservación administración del FRER, con base en las cuantías dispuestas en las líneas de financiación del mismo, y cuyo importe será establecido en el uso sostenible del patrimonio natural español. convenio previsto en el párrafo a) anterior.
3. 12. La ejecución de las acciones gestión del FRER podrá articularse, en los supuestos en que se financien estime conveniente, a través de encomiendas de gestión, de acuerdo con cargo al Fondo corresponderá, lo previsto en sus respectivos ámbitos el artículo 11 de competencia, a la Administración General Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Estado y a las comunidades autónomas, con las que previamente se habrán establecido mediante convenio las medidas a cofinanciar. Sector Público.
4. Por Real Decreto, previa consulta con las comunidades autónomas, se regulará Asimismo, el funcionamiento del Fondo para FRER podrá realizar encargos a medios propios personificados, de acuerdo con el patrimonio natural, que garantizará artículo 33 de la participación Ley 9/2017, de las mismas, singularmente en todos aquellos objetivos del Fondo que incidan sobre sus competencias. 8 de noviembre.
5. Las Administraciones trabajarán desde el principio 13. Conforme al artículo 90 de subsidiariedad dando participación, la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, este Fondo sin personalidad jurídica estará integrado en las acciones y beneficios el concepto de las medidas propuestas, a los habitantes y a los propietarios Tesoro Público. Cuando se cumpla alguna de los territorios beneficiados por las medidas promovidas por circunstancias que justifique la extinción del FRER, el Fondo. gestor responsable de la administración de su tesorería reintegrará sus remanentes al Tesoro Público, encargado de la gestión de la tesorería del Estado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2020-17340 | Leer | Qué cambió |
| 7 de octubre de 2015 | BOE-A-2015-10142 | Leer | Qué cambió |
| 15 de diciembre de 2007 | Texto original | Leer |


