Legislación › Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Disposición adicional segunda. Medidas adicionales de conservación en el ámbito local.
Disposición adicional segunda. Medidas adicionales de conservación en el ámbito local.
Las entidades locales, en el ámbito de sus competencias y en el marco de lo establecido en la legislación estatal y autonómica, podrán establecer medidas normativas o administrativas adicionales de conservación del patrimonio natural y la biodiversidad.
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