Legislación › Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Disposición transitoria segunda. Plazo de aprobación y publicación de los planes e instrumentos de gestión adaptados a los contenidos de esta Ley.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de diciembre de 2007 y la del 22 de julio de 2018.
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Disposición transitoria segunda. Plazo de aprobación y publicación de los planes e instrumentos de gestión adaptados a los contenidos de esta Ley.
En el plazo de tres años deberán estar aprobados y publicados los planes o instrumentos de gestión adaptados a los contenidos que se recogen en esta Ley, para lo que el Gobierno habilitará los correspondientes recursos para su cofinanciación en el Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. (Suprimida).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de julio de 2018 En vigor | BOE-A-2018-10240 | Leer | Qué cambió |
| 15 de diciembre de 2007 | Texto original | Leer |
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