Legislación › Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
Artículo 11. Régimen jurídico y modalidades de contrato de trabajo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de enero de 2008 y la del 10 de abril de 2026.
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Artículo 11. Régimen jurídico. jurídico y modalidades de contrato de trabajo.
1. Las relaciones laborales vinculadas a procesos de inserción que se concierten entre las empresas de inserción y los trabajadores en situación las personas trabajadoras expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social o incluidas en alguno de los colectivos a los que se refiere el artículo 2, se regirán por lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, 2/2015, de 24 23 de marzo, octubre, y el resto de la legislación laboral, sin perjuicio de lo establecido las particularidades previstas en esta Ley. ley.
2. Las empresas de inserción podrán contratar a las personas vinculadas a procesos de inserción a las que se refiere el artículo 2 mediante la modalidad contractual específica regulada en el artículo 12, cuyo objeto específico es la transición al empleo ordinario.
En todo caso, cualquiera que sea la modalidad contractual, cuando se refiere a personas vinculadas a procesos de inserción el contrato habrá de cumplir con las obligaciones previstas en el artículo 12.6.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de abril de 2026 En vigor | BOE-A-2026-7967 | Leer | Qué cambió |
| 14 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


