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Legislación › Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.

Artículo 8. Pérdida de la calificación de empresa de inserción.

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Artículo 8. Pérdida de la calificación de empresa de inserción.
1. Serán causas legales de descalificación como empresa de inserción:
a) Incumplir el fin definido en el artículo 4 de esta Ley.
b) Dejar de reunir los requisitos que determinaron su calificación.
2. La descalificación como empresa de inserción será acordada por el órgano competente de la calificación, previo informe preceptivo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
3. La descalificación, una vez firme en vía administrativa, surtirá de oficio efectos de baja registral y no implicará necesariamente la disolución de la sociedad.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de abril de 2026 En vigor BOE-A-2026-7967 Leer Qué cambió
14 de enero de 2008 Texto original Leer

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