Legislación › Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de horarios comerciales de Galicia.
Artículo 14. Infracciones muy graves.
Artículo 14. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves la reincidencia en la comisión de infracciones calificadas como graves dentro de un periodo de dos años consecutivos o de cuatro años alternativos, siempre que no fuera como consecuencia de reincidencia en la comisión de infracciones leves.


