Legislación › Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Lo dispuesto en esta Ley es de aplicación a las personas físicas residentes en España y a las empresas españolas y las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo establecidas en España de conformidad con el ordenamiento jurídico, que desarrollen actividades de creación, producción, distribución y exhibición cinematográfica y audiovisual así como industrias técnicas conexas.


