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Legislación › Orden AEC/338/2007, de 12 de febrero, por la que se regula la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Quinto. Ponencias técnicas y grupos de trabajo.

Quinto. Ponencias técnicas y grupos de trabajo.

Cuando la naturaleza de los asuntos lo exija, podrán constituirse ponencias técnicas y grupos de trabajo. En tales supuestos podrán incorporarse a dichas ponencias o grupos funcionarios que presten servicios en los distintos centros directivos y organismos del Departamento, a fin de aportar la información o asesoramiento que sean precisos.

La Ponencia Técnica estará formada:

Presidente: Vicepresidente segundo del Pleno.

Un Vocal representante del órgano o de la unidad proponente o contratante.

Un Vocal representante designado por el Presidente de la Comisión Permanente.

Se podrán invitar a cuantos Asesores se consideren oportunos.

Secretario de la Comisión.

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