Legislación › Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón.
Artículo 125. Reducción de la sanción.
Artículo 125. Reducción de la sanción.
Podrá reducirse la sanción o su cuantía cuando el infractor haya procedido a corregir la situación o el daño producido en el plazo que se señale en el correspondiente requerimiento.


