Legislación › Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón.
Artículo 91. Disposición general.
Artículo 91. Disposición general.
La Administración autonómica abordará las políticas de control de la erosión, de corrección hidrológico-forestal y de repoblación, desde la ordenación del territorio, con una respuesta que integre y coordine los distintos instrumentos con incidencia en el territorio y que vincule también a los propietarios privados.


