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Legislación › Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón.

Artículo 91. Disposición general.

Artículo 91. Disposición general.

La Administración autonómica abordará las políticas de control de la erosión, de corrección hidrológico-forestal y de repoblación, desde la ordenación del territorio, con una respuesta que integre y coordine los distintos instrumentos con incidencia en el territorio y que vincule también a los propietarios privados.

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