Legislación › Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón.
Disposición final octava. Habilitación de desarrollo.
Disposición final octava. Habilitación de desarrollo.
Se faculta al titular del departamento competente en materia de medio ambiente para que mediante orden establezca las condiciones que deberán reunir los profesionales que desempeñen tareas de extinción de incendios.
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