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Legislación › Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón.

Artículo 59. Municipios y demás entidades locales.

Artículo 59. Municipios y demás entidades locales.

Los municipios ejercerán, en materia de protección del consumidor, las competencias que les atribuye la legislación de régimen local y las señaladas en esta Ley y sus desarrollos reglamentarios.

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