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Legislación › Ley 1/2007, de 2 de marzo, de declaración del Parque Nacional de Monfragüe.

Disposición adicional segunda. Elaboración del Plan Rector de Uso y Gestión.

Disposición adicional segunda. Elaboración del Plan Rector de Uso y Gestión.

En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Ley se aprobará el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional. En tanto se produce tal aprobación, de forma transitoria, la administración gestora adoptará las medidas de gestión que estime oportunas y otorgará las autorizaciones procedentes de acuerdo con lo señalado en la presente Ley y en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales aprobado por Decreto 186/2005 de la Junta de Extremadura.

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