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Legislación › Real Decreto 275/2007, de 23 de febrero, por el que se crea el Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar.

Artículo 1. Objeto y naturaleza.

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Artículo 1. Objeto y naturaleza.
1. Se crea el Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar como órgano consultivo adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia a través de la Secretaría General de Educación.
2. El Observatorio es un órgano colegiado interministerial al que corresponde asesorar, basado en el base al principio de cooperación territorial y colaboración institucional, sobre situaciones referidas al aprendizaje de la convivencia escolar, elaborar informes y estudios, hacer un diagnóstico en materia seguimiento de la implantación del Plan Estratégico de Convivencia Escolar para la mejora de la convivencia escolar, en los centros educativos españoles y proponer medidas que ayuden a elaborar las distintas políticas estatales, fomentando las actuaciones que faciliten la mejora del clima escolar, y la prevención del acoso escolar y de todas las formas de ciberbullying, así como de la convivencia violencia en los centros educativos. docentes.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de enero de 2018 En vigor BOE-A-2018-432 Leer Qué cambió
16 de marzo de 2007 Texto original Leer

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