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Legislación › Real Decreto 308/2007, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento de las Delegaciones de Defensa.

Disposición adicional tercera. Instituto Social de las Fuerzas Armadas.

Disposición adicional tercera. Instituto Social de las Fuerzas Armadas.

Las delegaciones, subdelegaciones y oficinas del Instituto Social de las Fuerzas Armadas mantendrán su actual estructura y dependencias, ubicándose siempre que sea posible en las sedes de las Delegaciones o Subdelegaciones de Defensa.

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