Legislación › Real Decreto 171/2007, de 9 de febrero, por el que se regula la publicidad de los protocolos familiares.
Artículo 6. Protocolo familiar en la presentación de las cuentas anuales.
Artículo 6. Protocolo familiar en la presentación de las cuentas anuales.
El órgano de administración, con ocasión de la presentación de las cuentas anuales podrá incluir entre la documentación correspondiente, copia o testimonio total o parcial del documento público en que conste el protocolo de la sociedad en cuanto documento que puede afectar al buen gobierno de la sociedad familiar, el cual será objeto de depósito junto con las cuentas anuales y de calificación por el Registrador.


