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Legislación › Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Artículo 66. Aplicación en las Fuerzas Armadas de las normas referidas al personal de las administraciones públicas.

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Artículo 66. Aplicación en las Fuerzas Armadas de las normas referidas al personal de las Administraciones administraciones públicas.
Las normas referidas al personal al servicio de las Administraciones administraciones públicas en materia de igualdad, prevención de protección integral contra la violencia de género y la violencia sexual, y la conciliación de la vida personal, familiar y profesional serán de aplicación en las Fuerzas Armadas, con las adaptaciones que resulten necesarias y en los términos establecidos en su normativa específica.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de octubre de 2022 En vigor BOE-A-2022-14630 Leer Qué cambió
24 de marzo de 2007 Texto original Leer

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