Legislación › Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Artículo 68. Aplicación de las normas referidas al personal de las administraciones públicas en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de marzo de 2007 y la del 7 de octubre de 2022.
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Artículo 68. Aplicación de las normas referidas al personal de las Administraciones públicas. administraciones públicas en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Las normas referidas al personal al servicio de las Administraciones administraciones públicas en materia de igualdad, prevención de la violencia de género y la violencia sexual, y la conciliación de la vida personal, familiar y profesional serán de aplicación en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Seguridad, adaptándose, en su caso, a las peculiaridades de las funciones que tienen encomendadas, en los términos establecidos por su normativa específica.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de octubre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-14630 | Leer | Qué cambió |
| 24 de marzo de 2007 | Texto original | Leer |


