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Legislación › Ley 4/2007, de 9 de febrero, de coordinación del Sistema Universitario Valenciano.

Artículo 22. La Presidencia.

Artículo 22. La Presidencia.

1. La Presidencia del Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior recae en el Conseller competente en materia de universidades. Ostenta la presidencia del pleno y de las comisiones.

2. El presidente ejerce las funciones propias de la Presidencia atribuidas por la normativa reguladora de los órganos colegiados y puede delegarlas en uno de los vicepresidentes.

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