Legislación › Orden INT/761/2007, de 20 de marzo, por la que se aprueba el nuevo modelo de carné profesional de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía y otros documentos identificativos para determinado personal que presta sus servicios en el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.
Séptimo. Uso del carné profesional.
Séptimo. Uso del carné profesional.
Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía usarán el carné profesional como documento identificador de su condición profesional, de acuerdo con las previsiones establecidas en el Real Decreto 1484/1987, de 4 de diciembre, así como en el ámbito de su relación funcionarial, cuando así se determine por los responsables de los órganos correspondientes.


