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Legislación › Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 23. Servicios de atención infantil.

Artículo 23. Servicios de atención infantil.

Las Administraciones Públicas de la Comunidad promoverán servicios que tengan por objeto la realización de actividades lúdicas y educativas dirigidas a niñas y niños de 3 a 14 años y cuya finalidad sea dar respuesta a las necesidades de los menores y sus familias durante los períodos vacacionales, con el fin de que éstas puedan conciliar su vida familiar y laboral.

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