Legislación › Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 47. Coordinación interdepartamental.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de junio de 2007 y la del 20 de septiembre de 2014.
Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 47. Comisión Interconsejerías. Coordinación interdepartamental.
1. La Administración de la Comunidad creará una Comisión Interconsejerías cuya finalidad será el estudio, la promoción y de Secretarios Generales actuará como órgano colegiado de coordinación interdepartamental de todas las políticas y medidas dirigidas a la mejora de la calidad de vida de las familias de la Comunidad, así como aquellas cuyo fin sea favorecer la creación de nuevas familias. familias, a propuesta de la
2. La Comisión Interconsejerías será un órgano colegiado adscritoConsejería consejería competente en materia de familia, y su composición y funcionamiento se desarrollará reglamentariamente. la materia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de septiembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-9959 | Leer | Qué cambió |
| 14 de junio de 2007 | Texto original | Leer |


