Legislación › Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León.
Disposición adicional quinta. Familias acogedoras.
Disposición adicional quinta. Familias acogedoras.
La Administración de la Comunidad de Castilla y León, en las condiciones y supuestos que se prevean, podrá extender a las familias con menores acogidos los beneficios establecidos para las familias numerosas.
← Disposición adicional cuarta Índice Disposición adicional sexta →


