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Legislación › Real Decreto 394/2007, de 31 de marzo, sobre medidas aplicables a los buques en tránsito que realicen descargas contaminantes en aguas marítimas españolas.

Disposición final primera. Habilitación normativa.

Disposición final primera. Habilitación normativa.

El Ministro de Fomento dictará las disposiciones que resulten necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.

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