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Legislación › Real Decreto 441/2007, de 3 de abril, por el que se aprueban las normas reguladoras de la concesión directa de subvenciones a entidades y organizaciones que realizan actuaciones de atención humanitaria a personas inmigrantes.

Artículo 14. Reintegro e infracciones en materia de subvenciones.

Artículo 14. Reintegro e infracciones en materia de subvenciones.

1. Se procederá al reintegro de las cantidades percibidas en los casos y en los términos previstos en el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. A estos efectos, serán de aplicación las disposiciones contenidas en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el caso de que estas conductas fueren constitutivas de infracción administrativa.

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