Legislación › Ley 2/2007, de 27 de marzo, de derechos y servicios sociales.
Artículo 38. Extinción del derecho.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2010 y la del 2 de junio de 2012.
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Artículo 38. Extinción del derecho.
1. El derecho a la Renta Social Básica quedará extinguido, mediante resolución motivada y se extinguirá, previa audiencia resolución dictada de conformidad con la persona interesada, normativa aplicable, por las siguientes causas:
a) Transcurso del plazo de concesión de la prestación.
b) Renuncia expresa por parte de la persona titular.
b) c) Fallecimiento de la persona titular. La renta social básica podrá mantenerse con la unidad perceptora hasta finalizar el plazo por el que se concedió.
c) d) Pérdida sobrevenida de alguno de los requisitos exigidos para su reconocimiento.
d) e) Mantenimiento de las causas de suspensión de la prestación por un tiempo superior a seis meses.
e) f) Realización de un trabajo de duración superior a seis meses, por el que se perciba una retribución igual o superior al importe de la Renta Social Básica que le corresponda.
f) g) Resolución en tal sentido de un procedimiento sancionador.
g) h) Traslado de residencia efectiva fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
h) i) Incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 30.
i) j) El incumplimiento del Convenio de Incorporación Social previsto en el artículo 31.
2. La En el caso en el que la extinción se hubiera dado por los supuestos recogidos en los apartados e), g), i) y j) del apartado anterior la extinción del derecho a la percepción de la Renta Social Básica por las causas citadas en las letras h) e i) implicará la imposibilidad de solicitar nuevamente dicha prestación por ningún miembro de la unidad familiar hasta transcurridos seis meses desde la fecha de la resolución de extinción.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2023-3297 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2018 | BOE-A-2018-856 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | BOE-A-2016-478 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | BOE-A-2014-510 | Leer | Qué cambió |
| 2 de junio de 2012 | BOE-A-2012-7709 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2010-931 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 2007 | Texto original | Leer |


