Legislación › Ley 2/2007, de 27 de marzo, de derechos y servicios sociales.
Artículo 56. Objeto de concertación.
Artículo 56. Objeto de concertación.
Las Administraciones del Sistema Público de Servicios Sociales podrán concertar la reserva y/o ocupación de plazas en Centros de servicios sociales.


