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Legislación › Ley 2/2007, de 27 de marzo, de derechos y servicios sociales.

Artículo 56. Objeto de concertación.

Artículo 56. Objeto de concertación.

Las Administraciones del Sistema Público de Servicios Sociales podrán concertar la reserva y/o ocupación de plazas en Centros de servicios sociales.

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