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Legislación › Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra.

Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.

Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.

Se faculta al Gobierno de Navarra y al Consejero del Departamento competente en materia de carreteras para dictar las disposiciones reglamentarias que sean precisas para el desarrollo y ejecución de la presente Ley Foral.

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