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Legislación › Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra.

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.

Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley Foral se regirán por lo dispuesto en la normativa anterior.

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