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Legislación › Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra.

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1. Objeto.

La presente Ley Foral tiene por objeto, en desarrollo de los artículos 49.1.b) y 51 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y al amparo de la disposición adicional primera de la Constitución:

a) La actualización y regulación del régimen de la Policía Foral de Navarra.

b) La coordinación normativa y administrativa de las Policías de Navarra en aspectos no regulados por la Ley Foral de Seguridad Pública de Navarra, así como la regulación del régimen específico de los agentes municipales y de los auxiliares de las Policías Locales de Navarra.

c) La regulación del estatuto del personal de los Cuerpos de Policía de Navarra.

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