Legislación › Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra.
Disposición transitoria sexta. Régimen transitorio de acceso a empleos.
Disposición transitoria sexta. Régimen transitorio de acceso a empleos.
En tanto no se proceda a la aprobación del Reglamento previsto en el artículo 39, apartado 5, de esta Ley Foral, el acceso a los empleos en los Cuerpos de Policía de Navarra se realizará conforme a las disposiciones aplicables con anterioridad a su entrada en vigor.
← Disposición transitoria quinta Índice Disposición transitoria séptima →


