Legislación › Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Artículo 30. Contenido de las relaciones de puestos de trabajo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de julio de 2007 y la del 22 de julio de 2012.
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Artículo 30. Contenido de las relaciones de puestos de trabajo.
Las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral deben incluir, como mínimo, los siguientes datos respecto a cada uno de los puestos:
a) Unidad orgánica de adscripción.
b) Denominación, características esenciales y sistema de provisión.
c) Requisitos objetivos exigidos para su ocupación.
d) Nivel exigido de conocimiento de la lengua catalana, en los términos establecidos reglamentariamente. (Suprimida).
e) Grupo o grupos, cuerpo o escala y especialidad de adscripción, así como el nivel de clasificación y las retribuciones complementarias, si se trata de puestos funcionariales.
f) Categoría profesional, nivel retributivo y complemento específico, si se trata de puestos laborales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-22026 | Leer | Qué cambió |
| 14 de diciembre de 2024 | BOE-A-2025-720 | Leer | Qué cambió |
| 29 de agosto de 2023 | BOE-A-2023-24417 | Leer | Qué cambió |
| 13 de abril de 2016 | BOE-A-2016-4177 | Leer | Qué cambió |
| 22 de julio de 2012 | BOE-A-2012-10718 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 2007 | Texto original | Leer |


