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Legislación › Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.

Artículo 13. Equipos e instalaciones para la obtención de energía útil a partir de energías renovables.

Artículo 13. Equipos e instalaciones para la obtención de energía útil a partir de energías renovables.

Corresponde a la Consejería competente en materia de energía establecer las especificaciones técnicas de los equipos e instalaciones necesarios para la captación de las energías renovables y su transformación en energía útil.

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