Legislación › Ley 10/2006, de 21 de diciembre, de Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética de la Región de Murcia.
Artículo 33. Competencia.
Artículo 33. Competencia.
1. Compete al Consejo de Gobierno la imposición de sanciones por infracciones muy graves.
2. Corresponde al consejero competente en materia de energía la imposición de sanciones por infracciones graves.
3. Corresponde al Director General con competencias en materia de energía la imposición de sanciones por infracciones leves.


