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Legislación › Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista y Plan de Equipamientos Comerciales de la Región de Murcia.

Artículo 46. Medios de pago.

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Artículo 46. Medios de pago.
El comerciante que practique cualquier tipo de venta promocional o especial tendrá la obligación de informar al consumidor sobre los medios de pago admisibles en la operación, a través de su publicidad general en la exposición visible desde el exterior del establecimiento.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de noviembre de 2018 En vigor BOE-A-2019-363 Leer Qué cambió
3 de marzo de 2007 Texto original Leer

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