Legislación › Real Decreto 595/2007, de 4 de mayo, por el que se crea la Comisión Nacional para la Conmemoración de los Bicentenarios de la Independencia de las Repúblicas Iberoamericanas.
Artículo 1. Creación y dependencia orgánica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de mayo de 2007 y la del 6 de febrero de 2011.
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Artículo 1. Creación y dependencia orgánica.
Se crea la Comisión Nacional para la Conmemoración de los Bicentenarios de la Independencia de las Repúblicas Iberoamericanas, como órgano de los previstos en el artículo 39 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE). Estado. Esta Comisión se adscribirá a al Ministerio de la Vicepresidencia Primera del Gobierno, Presidencia, y tiene como finalidad la preparación, programación, organización y coordinación de las actividades destinadas a la celebración de dichos acontecimientos. En este marco programará, impulsará y coordinará las actividades que se lleven a cabo por las Administraciones públicas, entidades públicas, privadas y particulares que participen en estas celebraciones. Igualmente, coordinará sus actuaciones con la Comisión para la Conmemoración del ll Centenario de la Constitución de 1812, creada por el Real Decreto 95/2006, de 3 de febrero.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de febrero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-2208 | Leer | Qué cambió |
| 12 de mayo de 2007 | Texto original | Leer |


