Legislación › Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de control ambiental integrado.
Disposición adicional cuarta. Comunicaciones entre Administraciones.
Disposición adicional cuarta. Comunicaciones entre Administraciones.
Todas las comunicaciones que deban realizarse durante la tramitación de todos los expedientes de comprobación ambiental entre la Dirección General competente en materia de medio ambiente y los ayuntamientos se realizarán obligatoriamente en formato electrónico y mediante registro electrónico u otros sistemas de intercambio de información de este carácter.
Se añade por el art. 14.8 de la Ley 12/2020, de 28 de diciembre. BOE-A-2021-842
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