Legislación › Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.
Artículo 107. Informes de control financiero permanente.
Artículo 107. Informes de control financiero permanente.
Mediante norma de rango reglamentario se determinará la periodicidad, el contenido, los destinatarios y el procedimiento para la elaboración de los informes previstos en el artículo anterior.


