Legislación › Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.
Artículo 124. Carácter anual de las Cuentas.
Artículo 124. Carácter anual de las Cuentas.
Las cuentas y la documentación que deban rendirse al Parlamento de Navarra se elaborarán y cerrarán por períodos anuales, sin perjuicio de la remisión de información a que hace referencia el artículo 59 de esta Ley Foral.


