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Legislación › Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

Artículo 4. Materias que deben regularse por Ley Foral.

Artículo 4. Materias que deben regularse por Ley Foral.

Se regularán mediante Ley Foral las siguientes materias relativas a la Hacienda Pública de Navarra:

a) Los Presupuestos Generales de Navarra, así como las modificaciones de los mismos referentes a la concesión de créditos extraordinarios o suplementos de crédito.

b) El establecimiento, modificación o supresión de tributos y recargos, así como de las exenciones y bonificaciones que pudieran afectarles, en el marco de las competencias de la Comunidad Foral.

c) Los límites para la realización de operaciones de endeudamiento y constitución de avales.

d) El régimen del patrimonio y de la contratación de la Comunidad Foral.

e) Las demás materias relativas a la Hacienda Pública de Navarra que, según las leyes, se deban regular con ese rango.

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