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Legislación › Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra.

Disposición adicional cuarta. Vías pecuarias.

Disposición adicional cuarta. Vías pecuarias.

El Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda ejercerá las facultades y potestades atribuidas por la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de vías pecuarias, al Departamento de Economía y Hacienda.

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