LexTotal

Legislación › Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra.

Disposición final segunda. Habilitación al Gobierno de Navarra.

Disposición final segunda. Habilitación al Gobierno de Navarra.

1. El Gobierno de Navarra podrá dictar las disposiciones reglamentarias precisas para el desarrollo y ejecución de esta Ley Foral.

2. El Gobierno de Navarra, mediante acuerdo, procederá a adaptar las sociedades dependientes o vinculadas de la Administración de la Comunidad Foral existentes a la entrada en vigor de esta Ley Foral a las previsiones contenidas en su Título VIII.

← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →