LexTotal

Legislación › Real Decreto 617/2007, de 16 de mayo, por el que se establece la lista de las enfermedades de los animales de declaración obligatoria y se regula su notificación.

Disposición final tercera. Facultad de desarrollo y modificación.

Disposición final tercera. Facultad de desarrollo y modificación.

1. Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones que sean necesarias para el cumplimiento y aplicación de lo dispuesto en este real decreto.

2. Asimismo, se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para modificar el contenido de los anexos de este real decreto, para su adaptación a las modificaciones que introduzca la normativa comunitaria o los cambios que introduzca la Organización Mundial de Sanidad Animal, o por motivos urgentes de sanidad animal.

← Disposición final segunda Índice Disposición final cuarta →