Legislación › Ley 6/2008, de 13 de mayo, del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes.
Disposición transitoria. Renovación de los miembros del Plenario.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de mayo de 2008 y la del 23 de mayo de 2019.
Tachado: lo que se quitó (57 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición transitoria. Renovación de los miembros del Plenario.
Para garantizar la continuidad de la acción del Plenario del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes, la mitad de los miembros, excluida la presidencia, nombrados en el primer Consejo cesan al cabo de cinco años y el resto, a los siete años y seis meses. La determinación del primer grupo se efectúa por sorteo. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de mayo de 2019 En vigor | BOE-A-2019-90491 | Leer | Qué cambió |
| 22 de mayo de 2008 | Texto original | Leer |


