Legislación › Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura.
Artículo 24. Contratación.
Artículo 24. Contratación.
El régimen de contratación se llevará a cabo conforme a las normas generales de contratación de las Administraciones públicas, ostentando los Presidentes de los entes la condición de órgano de contratación, sin perjuicio de las delegaciones que pueda realizar.


